MARCO LEGAL

Las Universidades del Estado son instituciones públicas creadas por ley. En consideración de ello, y en el contexto de la reforma a la Educación Superior en Chile, se han dictado dos leyes básicas que abordan su quehacer:
.: Ley 21.091 referida a materia de Educación Superior
.: Ley 21.094 sobre Universidades Estatales

Es esta última ley -que entró en vigencia el 5 de junio de 2018- la que otorga la posibilidad a estas universidades estatales de adecuar sus actuales estatutos respecto de las materias que la propia ley señala, bajo sanción que, de no hacerlo en el plazo establecido (tres años desde la publicación de la ley), se aplicarán los “estatutos tipo” o generales que el Ministerio de Educación ha establecido en el decreto supremo sobre el Estatuto General sobre Organización, Gobierno, Funciones y Atribuciones de las Universidades del Estado, publicado el pasado 6 de septiembre de 2019.

Los estatutos actuales de la Universidad de La Frontera, que serán objeto de la adecuación de acuerdo al mandato de la ley, están contenidos en el decreto con fuerza de ley  DFL Nº156 de 1981, que fueron dictados en dicha época, luego de la creación de la Universidad en ese mismo año por el DFL Nº 17.

Para ello, deben realizarse procesos públicos y participativos en que intervengan los distintos estamentos que integran la comunidad universitaria, al tiempo que deben ser normados y regulados previamente para asegurar su legitimidad y apropiada representatividad.